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Interlawyers Compliance

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¿QUÉ ES COMPLIANCE?

En castellano, Programa de Cumplimiento Normativo, se refiere al conjunto de procedimientos y controles de una empresa, para  prevenir situaciones de riesgo que pueden conllevar, pérdidas financieras y de reputación, así como multas y sanciones.

Aplicando estas medidas se pretende garantizar la gestión responsable de sus actividades, con una cultura de negocio basada en la ética y la legalidad.

La implantación del Sistema de Compliance, mejora la gestión y la imagen de la empresa y, además, protege jurídicamente a sus administradores y empleados, frente a sanciones  penales y administrativas.

LA RESPONSABILIDAD DE LA EMPRESA

Los administradores de una sociedad son sus representantes legales a todos sus efectos y tienen el máximo nivel en la toma de decisiones.

Consecuentemente, los administradores responderán frente a la sociedad, frente a los socios y frente a los acreedores sociales del daño que causen por sus actos u omisiones contrarias a la ley o a los estatutos o por incumplimiento de los deberes inherentes al desempeño del cargo.

Esta responsabilidad puede alcanzar al patrimonio presente y futuro de los administradores por incumplimientos de la ley.

Las personas jurídicas podrán ser penalmente condenadas como autoras de un delito:

  1. Cuando alguno de sus representantes legales o administradores de hecho o de derecho cometa un delito por cuenta y en provecho de la persona jurídica.
  2. Cuando en el ejercicio de las actividades sociales uno o varios empleados cometan un delito por cuenta y en provecho de la persona jurídica, siempre y cuando el delito haya sido posible por no haberse ejercido el debido control sobre su persona y actividad, por los legales representantes o administradores.

VENTAJAS DE UN COMPLIANCE

RIESGOS
BENEFICIOS
  • Multas y sanciones económicas.
  • Tranquilidad de saber que los mejores expertos velan por sus intereses.
  • Profesionalidad, imparcialidad e interdependencia en la implementación y desarrollo del cumplimiento normativo.
  • Pérdida de negocio.
  • Ahorro de costes y ventajas económicas.
  • Dificultad para contratar con el sector público y privado, cada vez más exigentes con el Compliance.
  • Facilidad para la contratación e incremento de la competitividad.
  • Disolución de la persona jurídica.
  • Suspensión de las actividades o clausura de locales y establecimiento hasta de 5 años.
  • Prohibición definitiva o temporal de realizar en el futuro las actividades en cuyo ejercicio de haya cometido, favorecido o encubierto el delito
  • Detección rápida y eficaz del riesgo.
  • Protección penal de la empresa y sus directivos.
  • Daño reputacional y pérdida de confianza.
  • Mejora de la reputación ante los organismos públicos, el sector privado y los ciudadanos.
  • Desmoralización de la plantilla.
  • Implementación de una cultura ética entre los trabajadores, lo que incrementa la eficacia del sistema de Compliance y del Plan de Prevención de Delitos

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